REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDITAS DEL MUNICIPIO CRESPO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA
Duaca. 19 de Septiembre del 2025
Años. 215º y 166°
SOLICITUD: 248-2025
EDICTO
HACE SABER:
Que ante este Tribunal cursa el presente asunto relativo a la solicitud de ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO presentado por el ciudadano CORDERO ESCOBAR, AQUILINO JOSÉ, venezolano, mayor de edad de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-3.948.226, actuando en nombre propio y en mi condición de hermano y heredero, respectivamente, asistido por el Abogado en ejercicio EIMER GREGORIO TOLOSA, inscrito en el IPSA bajo el N° 161.765, en el cual solicita sea declarado ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO de la ciudadana CORDERO ESCOBAR, SAIDA RAMONA, venezolana, civilmente hábil, titular de la cédula de identidad N° V-7.374.961, falleció Ab-Intestato, el día 21 de Enero de 2021, en su residencia ubicada en la Carrera 9 entre 1 y 1ª Número 1-2. 1-2, Sector Los Olivos, Parroquia Juan de Villegas, Municipio Iribarren, Barquisimeto Estado Lara, según consta en copia Certificada del acta de Defunción N° 98, expedida por el Registro Civil de la Parroquia Juan De Villegas, Municipio Iribarren del Estado Lara En consecuencia de conformidad con lo dispuesto en el último aparte del articulo 507 del Código Civil, se publicara el presente edicto en el Informador, a fin de cualquier persona que tenga interés directo y manifiesto en el asunto, concurra ante éste Tribunal DENTRO DE LOS DIEZ DIAS DE DESPACHO SIGUIENTES a la constancia del mismo, a hacerse parte en el juicio.
El Juez,
Abg. Richard Alexander Valera Q.
RAVQ/iv
El Secretario
Abg. Abixyail J. Iriarte Veliz
