REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara Barquisimeto, trece de octubre de dos mil veinticinco
215° y 166
ASUNTO: KP02-8-2025-004505
EDICTO
HACE SABER:
Que ante este Tribunal cursa el presente asunto relativo a la solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentada por la ciudadana NORKA DINORA GIMENEZ DE LUIS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V. 7.316.750, actuando en nombre propio y en representación sin poder de sus hermanas, las ciudadanas HILDA CONSUELO GIMENEZ DE RODRIGUEZ Y YOLANDA MERCEDES JIMENEZ MATHEUS, venezolanas, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nro. V. 4.725.036 y V. 9.550 119, asistida por la abogada MARIAGNIS ESCALONA MENDOZA, inscrita en el IPSA bajo matricula Nro. 226.698, en su condición de Defensora Pública Auxilar Primera [1″) en Materia Civil del Estado Lara, en el cual solicitan ser declaradas como ÚNICAS Y UNIVERSALES HEREDERAS en su carácter de hermanas del de cujus MIQUEAS MORASTI GIMENEZ MATHEUS, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nº V- 7.316.751, quien falleció el día 13 de Junio del año 2024 en Barquisimeto, Estado Lara, según consta en Acta de Defunción nro. 1751, expedida por el Registro Civil del Hospital Central Universitario Dr. Antonio María Pineda, Parroquia Catedral del Municipio Iribarren del Estado Lara, este Tribunal le da entrada, anotándose en el libro respectivo. En consecuencia de conformidad con lo dispuesto en el último aparte del articulo 507 del Código Civil, se publicara el presente edicto, a fin de que cualquier persona que tenga interés directo y manifiesto en el asunto, concurra ante este Tribunal DENTRO DE LOS DIEZ (10) DIAS DE DESPACHO SIGUIENTES a la constancia del mismo, a hacerse parte en el juicio.-
El Juez Suplente
Abg. Tomas Enrique Brito
Teb/sa/ac
La Secretaria
Abg. Slayne Aular
