REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

TRÁNSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO PORTUGUESA, ACARIGUA.
Acarigua, 17 de septiembre de 2025
Años: 2150 y 1660
CARTEL DE CITACIÓN
SE HACE SABER:
A los ciudadanos JESÚS MARIA HERNÁNDEZ, titular de la cédula de identidad Nro. V-412.626, PABLO JOSÉ HERNÁNDEZ GIL, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.196.851, LIGIA GIL, titular de la cédula de identidad Nro. V-2.887.206, PASTORA HERNÁNDEZ GIL, titular de la cédula de identidad Nro. V-5.240.332 y MIRIAN GIL, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.376.903, todos con domicilio en la vereda 12, calle B, casa Nro. 14, sector la goajira, de la ciudad de Acarigua, Municipio Páez del Estado Portuguesa, en su condición de herederos conocidos de la fallecida RAMONA GIL DE HERNANDEZ, parte codemandada en el juicio que cursa por este Tribunal, por motivo de PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA, signada con el Nro. C-2024-001976, seguida por la ciudadana ROMELIA DEL CARMEN MARQUEZ, en contra de los ciudadanos JESÚS HERNÁNDEZ, CARLOS HERNÁNDEZ, NAUDY HERNÁNDEZ, ROSA HERNÁNDEZ Y RAMONA GIL DE HERNÁNDEZ; Que deberá comparecer por ante este Tribunal, dentro de los quince (15) dias de despacho siguientes, contados a partir de que conste en autos la publicación, fijación en la morada y consignación en el Expediente del presente Cartel, el cual deberá ser publicado en prensa escrita tradicional en dos (2) de cualesquiera de los siguientes diarios: «Ultima Hora», «El Regional», «El Occidente», «El Nacional», «Ultimas Noticias», «Diario Vea», «2001», «El Pais», «El Universa», «El Carabobeño», «El Impulso, El Informador y/o cualquier otro Diario de Circulación» de la localidad, o en prensa digital, u/o en la Gaceta Judicial de la República Bolivariana de Venezuela, con los intervalos establecidos en la Ley, a darse por citado en el presente juicio. Se le advierte de no comparecer en el plazo señalado, se le designara Defensor Judicial con quien se entenderá la citación. Todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 223 del Código de Procedimiento Civil, El presente Cartel deberá ser publicado en letras que por sus dimensiones sean claramente legibles, caso contrario no se le dará el curso de Ley, y deberá ser consignado en un lapso igual o menor de Quince (15) de coittinuos a la publicación.
JUEZ,
MAURO JOSÉ GOMEZ FONSECA
SECRETARIA,
MILESTE YANIWET MONSALVE GARCIA
Expediente Nro.: C-2024-001976
MJGF/mymg/Alex.
