REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Septimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio
Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, dos de octubre de dos mil veinticinco
215° y 166°
ASUNTO: KP02-S-2025-004316
EDICTO
HACE SABER:
Que ante este Tribunal cursa el presente asunto relativo a la solicitud de DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentada por el ciudadano ALEXIS VIERA DURAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-7.417.899, inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 57.046, actuando en nombre propio y en representación sin poder de los ciudadanos MALVIS RAQUEL GARRIDO DE VIERA, BEATRIZ ELENA VIERA DURAN, ALEXIS ENRIQUE VIERA GARRIDO, MARTHA ELENA VIERA DE MILEO, RAQUEL ELENA VIERA GARRIDO venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nro. V- 4.122.981, V-10.846.674, V-14.399.246, V-14.399.247, V-19.591.954, en el cual solicitan ser declarados como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS en su carácter de esposa e hijos del de-cujus ALEXIS VIERA BRANDT, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad N° V- 2.199.801, quien falleció el dia 10 de Abril del año 2025 en Barquisimeto, Estado Lara, según consta en Acta de Defunción nro. 68, expedida por el Registro Civil de la Parroquia Santa Rosa, del Municipio Iribarren Barquisimeto Estado Lara, este Tribunal le da entrada, anotándose en el libro respectivo. En consecuencia de conformidad con lo dispuesto en el último aparte del articulo 507 del Código Civil, se publicara el presente edicto, a fin de que cualquier persona que tenga interés directo y manifiesto en el asunto, concurra ante este Tribunal DENTRO DE LOS DIEZ (10) DIAS DE DESPACHO SIGUIENTES a la constancia del mismo, a hacerse parte en el juicio.-
El Juez Suplente
Abg. Tomás Enrique Brito
La Secretaria
Abg. Slayne Aular

