REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, Dieciocho (18) de diciembre de dos mil veinticinco (2025)
215° y 166°
ASUNTO: KH03-V-2001-000018
CARTEL DE NOTIFICACIÓN
SE NOTIFICA:
A todas las partes integrantes del juicio por motivo de NULIDAD DE CONTRATO, intentado por los ciudadanos RAMONA MARIA HERNÁNDEZ DE GUILLÉN, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-9.562.120, y sus hijos VÍCTOR ORLANDO GUILLÉN HERNÁNDEZ, VÍCTOR ORLANDO GUILLÉN IRREAZA Y DIEGO ALEJANDRO HERNÁNDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad N° V-17.034.898, V-15.819.674 y V-17.034.899: respectivamente, en contra de los ciudadanos NILDA ROSA GUILLÉN DE HERNÁNDEZ Y MARIA MARTINA SÁNCHEZ DE GUILLÉN, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nro. V-8.040.309, V-5.206.791, respectivamente y/o su apoderado judicial, y contra el ciudadano JORGE CRISTO MOLINA LEÓN, venezolano, titular de la cedula de identidad N° V-4.732.844, se acordó notificarle que por auto dictado en fecha 23 de mayo del 2025, donde se les insto que deberá comparecer por ante éste Tribunal dentro de los DIEZ (10) DIAS DE DESPACHO SIGUIENTES, y TRES (3) DIAS DE DESPACHO, a que conste en autos la última de las publicaciones y consignaciones de los carteles, los cuales deberán ser publicados en EL DIARIO EL INFORMADOR de esta ciudad, a darse por NOTIFICADAS del Abocamiento de la suscrita Juez abogada Milangela Mercedes Jiménez Escalona, en su condición de Juez Provisoria designada por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, signada bajo TSJ/CJ/OFIC/2216-2024 de fecha 13/08/2024, vencidos los cuales se le considerara a derecho y se computara el lapso establecido en Articulo 90 del Código de Procedimiento Civil. Notificación que se le hace de conformidad con lo establecido en los articulos 14 y 233 Esjudem.
La Juez Provisoria,
Abg. Milangela Mercedes Jiménez Escalona.
La Secretaría Temporal
Abg. Roxana José Ramirez Catarí.
