En enero comenzó a regir el decreto promulgado a finales de 2025 que establece la suspensión de las exenciones del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a un conjunto de bienes esenciales importados y que abarca productos de la canasta básica, entre estos arroz, harinas, pastas, leche, quesos, carnes, café, azúcar y sal, además de vacunas, medicamentos, insumos agrícolas como semillas y fertilizantes, y materiales editoriales como libros y papel.
Según el conductor y auditor tributario, Héctor Orochena, el objetivo central del decreto es favorecer la producción nacional. La decisión forma parte de un proceso iniciado meses atrás.
“El decreto promulgado a finales del año es una renovación de otro emitido en junio pasado, que ya contemplaba la posibilidad de suspender las exenciones para los bienes incluidos en el artículo 17, numeral 1, de la Ley del IVA”, señaló.
La medida implica nuevas obligaciones para los importadores, quienes deberán cumplir con requisitos adicionales para mantener el acceso a las exoneraciones. De lo contrario, deberán pagar los impuestos correspondientes, explicó Orochena.
“En este momento se deja la tarea en manos de los importadores de armar el expediente y hacer el trámite correspondiente para beneficiarse de la exoneración del impuesto de importación”, explicó. El decreto, añadió, es de aplicación inmediata.
Respecto al impacto en los precios, señaló que algunos productos podrían encarecerse, aunque recordó que los importadores ya estaban habituados a realizar trámites ante el Ministerio de Comercio y las autoridades tributarias. “No hay razón para que este producto aumente de precio”, afirmó.
A juicio de Orochena, “las exenciones generan distorsión en la mecánica del IVA. En la medida en que se incrementan las exenciones para productos importados, el productor nacional siente un desestímulo porque compite en condiciones desiguales”, señaló.
Sostuvo que la reducción progresiva de exenciones puede contribuir a corregir distorsiones en el sistema tributario y mejorar la competitividad del productor local. AC