En Iribarren conflictos por convivencia ciudadana se han incrementado un 30 %
En un 30 por ciento, aproximadamente, se han incrementado en el Municipio Iribarren las situaciones de conflicto entre ciudadanos, que han ameritado la aplicación de lo previsto en la Ley de Convivencia Ciudadana, Seguridad y Paz del Estado Lara, comparado con el año pasado por esta misma época del año.
Quien así lo expresó fue el prefecto del municipio capitalino, Víctor Hernández, en declaraciones ofrecidas a este portal informativo en su propio despacho de la avenida Venezuela con la avenida Vargas.
Explicó el alto funcionario que, además de la ley estadal antes referida, también existe una ley nacional al respecto, al igual que una Ordenanza sobre Nomas de Convivencia Ciudadana aprobada por el Concejo Municipal de Iribarren, “y sobre estos tres instrumentos legislativos es que nosotros trabajamos, aun cuando, ciertamente, haciendo mayor hincapié en la ley regional”.
Ante una pregunta, dijo que estas situaciones de conflicto se presentan en casi todas las modalidades, tales como ruidos molestos, injerencia de aguardiente en licorerías cercanas, vehículos mal estacionados y obstruyendo el paso de peatones, y algunas veces hasta de otros vehículos; botes de escombros, vertederos improvisados de basura, etc.
Sanciones
En cuanto a las sanciones, precisó que, efectivamente, en la ley en cuestión se establecen las respectivas sanciones para quienes infrinjan tales normas, que son multas, cuyos montos también están allí previstos, siempre de acuerdo con la magnitud de la falta cometida.
Ahora bien –le decimos–, ¿Se requiere necesariamente una denuncia personal para que ustedes puedan actuar?
–En la mayoría de los casos, sí, pero también tenemos el teléfono número (0412) 1750701, a través del cual podemos recibir denuncias por parte de las personas que, por alguna razón, no desean hacerse presentes, denuncias a las cuales procesamos con la mayor discreción, por supuesto.
Procedimientos
Destacó Hernández que en todos los procedimientos de situaciones de ese tipo siempre él trata de acudir acompañado de los respectivos funcionarios del Departamento de Denuncias sobre esa materia.
Así, por ejemplo, explicó, en un procedimiento de venta de licor con consumo e las vía pública, se sanciona con multa tanto al consumidor como al vendedor, sea éste de una licorería común y corriente, o de un bodegón.
Si la multa no es cancelada en el lapso estipulado, explicó, entonces se cita nuevamente al sancionado, y, si éste no la paga tampoco en el lapso estipulado, se le impone entonces una sanción de que cumpla un trabajo comunitario.
Lo anterior vale, añadió, para los autores de ruidos molestos, como lo es –casi siempre— la música a alto volumen hasta altas horas de la noche, que perturbe la tranquilidad y el sueño de los vecinos.
También se sancionan –precisó—otras faltas, tales como botar basura en sitios prohibidos u orinarse en la vía pública.
En cuanto a las áreas del Municipio Iribarren con mayor porcentaje o cantidad de casos de conflicto, indicó que las más álgidas en esa materia son las parroquias “Guerrera Ana Soto” y Unión.
Las cifras
En cuanto a cifras, indicó que, en el pasado mes de julio, su despacho procesó 274 denuncias, de las cuales 227 culminaron en actos conciliatorios.
¿Y qué pasó con los otros casos?
–Bueno, ahí, se produjeron algunas variantes, como, por ejemplo, había casos en que se debía aplicar lo previsto en cuestiones de violencia de género, o algunos otros en que había menores involucrados.
–Entonces, se enviaban los casos, o a las instancias de la Ley de Violencia de Género, o a los organismos de la Ley Orgánica de Protección al Niño, Niña y Adolescentes.
Y hablando de menores, enfatizó Hernández que “sobre todo, en muchos de los casos, la ley lo que busca es tratar de proteger al menor en su formación e integridad personales, alejándolo de hechos y de eventos que puedan perturbar esa formación.
–Y de allí que seamos tan estrictos en esa materia, especialmente en cuanto a la prohibición de acceso de menores a sitios de expendio o de ingesta de licores, aún incluso andando con sus representantes.
Multas
Ante algunas versiones sobre lo supuestamente oneroso de las multas aplicadas, el funcionario dijo que “no creo que eso sea así”. Y, para reforzar su aserto, indicó que, por ejemplo, si en una licorería se detectó a varios individuos ingiriendo aguardiente a las puertas de la misma, es decir, en plena vía pública, a los bebedores se les impone una multa estimada en unos 50 bolívares, mientras que al vendedor, que también es sancionado, se le aplica una multa de 120 bolívares.
Reinaldo Gómez
Gráficas: Ángel Zambrano
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