El Gobierno Nacional acaba de prorrogar con reformas exoneración de importaciones por seis meses, norma que lo establece en su artículo 3, con 90 % de los aranceles aduaneros y 90 % del Impuesto al Valor Agregado (IVA) para los productos importados por personas naturales y jurídicas incluidos en los 1.567 códigos arancelarios.

La medida que conforma el Apéndice I del decreto estará vigente hasta el próximo 30 de junio y la disposición fue publicada en la Gaceta Oficial Extraordinaria N° 6.727, fechada el pasado 29 de diciembre, y está prevista en el Decreto Presidencial N° 4.757.

En el artículo 4 se establece una exoneración de 100 % de los tributos aplicables a las compras externas realizadas por entes de la Administración Pública y a un grupo de bienes considerados prioritarios, incluidos en el Apéndice II del decreto, que ampara a los bienes identificados con 441 códigos arancelarios.

Los importadores de estos últimos rubros deberán presentar, como requisito obligatorio, un Certificado de No Producción Nacional (CNP) o un Certificado de Producción Nacional Insuficiente (CPNI).

Con información de Banca y Negocios

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