Apelando a los derechos relacionados con la educación y un salario digno, y respaldados por argumentos legales desde diversas perspectivas, continúa la controversia en torno al calendario escolar y las vacaciones del personal educativo.
El ministro de Educación Héctor Rodríguez insistió en la elaboración de un calendario escolar que garantice los 200 días de clases del niño y 60 días de vacaciones para los docentes. Las dos cosas están establecidas en la ley, alegó.
Y agregó: Las clases deben comenzar en septiembre y terminar en julio. Y hay que impartir clases en diciembre y en enero, expresó el funcionario tras sacar cuentas.
Las reacciones en redes sociales no se hicieron esperar, recordándole al ministro que un salario digno también es un derecho constitucional.
En relación al tema, El Informador Venezuela conversó con Argenis Aguilar, directivo de Fetramagisterio en Lara, quien coincide con el ministro en cuanto a que la Ley Orgánica de Educación (LOE) estipula 200 días de clases, “pero el ministro debe estar consciente de que dichos días se distribuyen conforme a los períodos establecidos en el Reglamento de la LOE”.
Destacó que, según la ley, se contemplan dos períodos educativos. El primero está enfocado en el proceso de enseñanza, evaluación y el rendimiento estudiantil, además de las actividades administrativas y curriculares de cada institución. Este período comprende 180 días de clases que inicia en la segunda quincena de septiembre y culmina la primera semana de julio.
El otro período es el administrativo, que inicia en julio y culmina el 30 del mismo mes.
Aguilar resaltó – además- que el Reglamento para el Ejercicio de la Profesión Docente establece cinco horas académicas, ya que al finalizar la jornada, los docentes se llevan consigo tareas administrativas a sus hogares. Esto incluye una carga académica adicional, como evaluación, planificación, control y seguimiento, además de aspectos del entorno socioeducativo.
Este tipo de tareas demanda un mínimo de dos horas diarias adicionales, dijo.
Las leyes y el salario
El representante de Fetramagistario en Lara, no dejó pasar por alto el reclamo relacionado con la situación socioeconómica del gremio docente.
El sueldo básico mensual de un educador con una carga horaria de 54 horas, incluyendo otros beneficios que han sido reducidos desde marzo de 2022, se traduce en un ingreso quincenal de entre 400 y 560 bolívares. Esto equivale, según la tasa del dólar del BCV del 14 de agosto, a aproximadamente 4.10 dólares.
Y peor, hay docentes que están laborando dentro del aula de clases y no están percibiendo salario, aun cuando la Constitucional en sus artículos 104, 89 y 91, así como el artículo 41 de la Ley Orgánica de Educación establecen los derechos labores fundamentalmente el salario.
Seguidamente, enfatizó que el artículo 91 de la Constitución estipula el derecho a un salario suficiente que cubra todas las necesidades de los trabajadores. Es decir, ajustado al costo de la canasta básica y el patrono no está cumpliendo. ac