REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara Barquisimeto, nueve de enero de dos mil veintiseis
215° y 166°
ASUNTO: KP02-S-2025-005762
EDICTO
Que ante este Tribunal cursa el presente asunto relativo a la solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentada por el ciudadano: CARLOS ALBERTO AGUILAR MONTILLA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.417.326, debidamente asistido por la abogada MARIAGNIS ESCALONA MENDOZA, inscrita en el IPSA bajo el N° 226.698, en su condición de Defensora Pública Auxiliar Primera (1) en Materia Civil del estado Lara, quien actúa en nombre propio y en representación sin poder de la ciudadana: EMMA PASTORA AGUILAR MONTILLA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.402.319, la cual solicita sean declarados ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS DE LA CUJUS, ciudadana: ENMA EZEQUIELINA MONTILLA DE AGUILAR, venezolana, quién en vida era titular de la cédula de identidad Nº V-2.916.219, quien falleció Ab-Intestato, en fecha 08/09/2025, según consta en Acta de Defunción Nro. 190, expedida por el Registro Civil de la Parroquia Unión, Municipio Iribarren del estado Lara. Se publicará el presente edicto, a fin de que cualquier persona que tenga interés directo y manifiesto en el asunto, concurra ante este Tribunal’ DENTRO DE LOS DIEZ (10) DÍAS DE DESPACHO SIGUIENTES a la constancia del mismo, a hacerse parte en el juicio.
LA JUEZ PROVISORIA
ABG. YOXELY CAROLINA RUIZ SANCHEZ
LA SECRETARIA
ABG. WILSENNY MARIN PINEDA
