Ante la difusión de denuncias a través de las redes sociales sobre la presunta aplicación de multas por parte de las autoridades en Barquisimeto y Valencia a emprendedores por tener actividades económicas en sus hogares y no ser contribuyentes, el presidente de la Cámara de Comercio del estado Lara, José Vicente Ríos, aclaró que pese a que no se ha confirmado tales casos, resulta ser cierto que todo emprendedor debe cumplir con el pago de los impuestos.
“El emprendedor piensa, erróneamente, que no adquiere deberes formales”, indicó Ríos, quien aseguró que actualmente en la región “reina un gran desconocimiento sobre el tema”.
“Estas noticias que han salido en Internet, que dicen que en el estado Lara y en Carabobo, han sido sancionados emprendedores que tienen actividades en sus hogares, no tenemos confirmación de ambas noticias, pero el fundamento que da pie a la nota, es correcto. En el momento que el emprendedor está en el registro nacional de emprendimiento, tiene todas las obligaciones tributarias de una empresa privada”, dijo.
Explicó que en Venezuela más del 70% de la actividad económica ocurre en el sector informal, por lo que insistió en la necesidad de que los emprendedores puedan conocer a cabalidad cuáles son los pasos a seguir para ajustarse a las normativas y así evitar situaciones engorrosas como sanciones o multas.
¿Cuáles son los pasos para que un emprendedor pase a la formalidad?
Primero, la Ley de Emprendimientos establece un programa digital “Emprender Juntos”, donde la persona se registra de manera gratuita. “Ese registro le otorga una formalidad por ley de hasta tres años, para hacer la transición desde su condición de emprendedor a una figura jurídica establecida en el código de comercio venezolano”.
El segundo paso es obtener el RIF ante el Seniat “en ese momento el emprendedor tiene todas las obligaciones tributarias de una empresa formal”.
Pero, ¿qué pasa si el emprendedor sigue manteniéndose en la informalidad por desconocimiento?, el gremialista advirtió que la persona está sujeta a todas las sanciones de ley.
“La no emisión de facturas o tickets fiscales, la no declaración de los impuestos tiene sanciones establecidas en la Ley Impuesto Sobre la Renta y en la Ley del IVA; no está obligado a cobrar IGTF porque no es un sujeto pasivo especial, pero si está obligado a llevar una contabilidad, eso da pie a que las autoridades nacionales, estadales o municipales que están encargadas de la recaudación de impuestos sancionen conforme a sus propias legislaciones”, resaltó.
Ley de pensiones es aplicable
El representante gremial, también enfatizó que desde el mes de junio “ya se cumplió el año de gracia del impuesto de la Ley de las Pensiones, por lo que el emprendedor está obligado a pagar el impuesto a las pensiones dentro de su emprendimiento; sabemos que la no declaración de los trabajadores que estén bajo su cargo, genera sanciones, que en este momento se está aplicando alrededor de mil euros mensuales”.
En este sentido, indicó que desde la Cámara de Comercio se propone al Estado realizar un abordaje “más educativo y simple” para orientar a los emprendedores sin recurrir inmediatamente a la sanción. “Vamos a facilitarle al emprendedor que está en la página ‘Emprendedor Juntos’, que ya tiene carácter formal, que se convierta en un contribuyente de los municipios mediante el pago mínimo tributable que establece la Ley de Armonización Tributaria, eso permitiría tener una carga tributaria muy baja y muy simplificada”, apuntó. Gc