
El Departamento del Tesoro de los Estados Unidos, a través de la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC), emitió este martes 10 de febrero tres licencias generales que flexibilizan las restricciones comerciales sobre la industria de hidrocarburos y la logística de transporte en Venezuela. Las medidas autorizan la comercialización de crudo por parte de empresas estadounidenses, la exportación de servicios técnicos y la operatividad de la infraestructura portuaria y aeroportuaria del país.
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La Licencia General No. 46A permite que las entidades estadounidenses establecidas (organizadas antes del 29 de enero de 2025) participen en la venta, exportación, refinación y transporte de petróleo de origen venezolano.
El documento especifica que los pagos monetarios derivados de estas transacciones deben realizarse en los «Fondos de Depósito del Gobierno Extranjero», según lo establecido en el Decreto Ejecutivo 14373, o en cuentas indicadas por el Tesoro de EEUU. Asimismo, se autorizan pagos en forma de intercambios (swaps) de crudo por diluentes o productos refinados.
Por su parte, la Licencia General No. 48 autoriza la provisión de bienes, tecnología y servicios necesarios para la exploración, desarrollo y producción de petróleo o gas en el país. Esta normativa permite el mantenimiento, reparación y reacondicionamiento de equipos utilizados en la actividad energética. Sin embargo, la licencia prohíbe explícitamente la formación de nuevas empresas mixtas (joint ventures) y la exportación de diluentes hacia territorio venezolano.
En materia logística, la Licencia General No. 30B autoriza las transacciones necesarias para el uso y operación de puertos y aeropuertos en Venezuela. Esta medida incluye específicamente al Instituto Nacional de los Espacios Acuáticos (INEA) y a las entidades donde este posea una participación igual o superior al 50%.
Finalmente, el Departamento del Tesoro estableció estrictos controles de supervisión. Las personas que realicen exportaciones o suministros bajo estas licencias deberán entregar reportes detallados cada 90 días a las autoridades estadounidenses. Estos informes deben identificar a las partes involucradas, las cantidades y valores transados, así como cualquier pago de impuestos o tarifas realizado al Gobierno de Venezuela.