REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio
Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veinticinco de noviembre de dos mil veinticinco
215º y 166°

ASUNTO: KP02-S-2025-000542

EDICTO

HACE SABER

Que ante este Tribunal cursa el presente asunto relativo a la solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentada por la ciudadana YUDY ELISABETH JIMENEZ AGUILAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.879.282, actuando en nombre propio y en representación de los ciudadanos ALEXIS DE JESUS GIMENEZ PEÑA, JESUS FRANCISCO JIMENEZ PEÑA, DOUGLAS ELIECER JIMENEZ PEÑA, ANGEL OLINTO GIMENEZ PEÑA, WILLIANS ALFREDO GIMENEZ PEÑA Y KALEN NEREIDA GIMENEZ PEÑA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-3.324.565, V-3.324.286, V-4.071.765, V-4.073.138, V-4.727.533 y V-7.312.913, asistida por el abogado en ejercicio ELVIS CARRERA inscrito en el IPSA bajo el N° 222,870, en su carácter de hijos y nietos de los De-Cujus LIGIA PASTORA PEÑA DE JIMENEZ, quien era venezolana, mayor de edad, portador de la cédula de identidad N» V-427.074, quien falleció Ab-Intestato en el Hospital Pastor Oropeza del Estado Lara, según consta en Acta de Defunción de fecha 27 de Febrero de 1998, expedida por el Registro Civil de la Parroquia Juan de Villegas (actualmente Guerrera Ana Soto), Municipio Iribarren del Estado Lara, y el ciudadano OLINTO RAFAEL PEÑA, quien era venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad N° V-432.080, quien falleció Ab-Intestato en la carrera 24 entre 37-75 del Estado Lara, según consta en Acta de Defunción de fecha 24 de febrero de 2003, expedida por el Registro Municipal del Municipio Iribarren del Estado Lara, con Declaración Sucesoral PEÑA OLINTO RAFAEL, emitida por el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), signada bajo el N° 956/2004, con N° de RIF: J-31190850-1, de fecha 24 de agosto de 2006, este Tribunal le da entrada, anotándose en el libro respectivo. En consecuencia de conformidad con lo dispuesto en el último aparte del artículo 507 del Código Civil, se publicará el presente edicto, a fin de que cualquier persona que tenga interés directo y manifiesto en el asunto, concurra ante este Tribunal DENTRO DE LOS DIEZ (10) DIAS DE DESPACHO SIGUIENTES a la constancia del mismo, a hacerse parte en el juicio.-

 

EL JUEZ SUPLENTE,

ABG TOMAS E. BRITO.

LA SECRETARIA

ABG. SLAYNE AULAR

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