Las cooperativas quedarán exentas del pago del Impuesto Sobre La Renta (ISLR), de acuerdo con el Decreto Presidencial Nº 4.976, publicado en Gaceta Oficial número 42.939.

 

La normativa, de fecha 12 de agosto de 2024, detalla que las Asociaciones Cooperativas deberán actualizar el Registro Único de Información Fiscal, trámite para el que deberán presentar el Certificado del Cumplimiento vigente emitido por la Superintendencia Nacional de Cooperativas.

 

Asimismo, se aplicarán las normas establecidas en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Impuesto Sobre La Renta, según sea el caso, en lo relativo a los ingresos, costos y deducciones de los enriquecimientos gravables, reseña Contrapunto.

 

Las cooperativas tendrán este beneficio de exoneración  durante un año, a partir de la publicación en Gaceta  Oficial.

 

Durante ese período de exoneración, las pérdidas que se generen con ocasión de la actividad exonerada, no podrán ser imputadas en ningún ejercicio fiscal «a los enriquecimientos que se generen por la actividad gravada» con el ISLR, apunta la norma

 

 

AC

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