PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la
Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, tres (03) de diciembre de dos mil veinticinco 2025
215° у 166°

ASUNTO: KP02-V-2025-002536

EDICTO

HACE SABER:

A los SUCESORES CONOCIDOS Y DESCONOCIDOS de la Cujus ciudadana MARIA MONROY ARREGUI DE VAZQUEZ, titular de la cedula de Identidad Nro. V-3.081.317, fallecida en Barquisimeto en fecha 19/02/1980, quien fuera titular de la cedula de identidad Nro. V-3.081.317, que en el juicio de PRESCRIPCION ADQUISITIVA, sobre un inmueble constituido por una parcela de terreno que tiene una superficie de Doscientos Ochenta y Dos Metros con Noventa y Tres Centímetros Cuadrados (282,93 M2) y las construcciones sobre ella existente, situada en la Urbanización Jacinto Lara, carrera 2 entre calles 3 y 4, casa N° 3-20, Barquisimeto, Estado Lara, comprendida dentro de los siguientes linderos: NORTE: En línea de trece metros con cincuenta y siete centímetros (13,57 mts), con la carrera 2, que es su frente; SUR: En linea de trece metros con veintiocho centímetros (13,28 mts), con terreno ocupado por Epimerides Lameda Acosta; ESTE: En línea de veintiún metros con quince centímetros (21,15 mts), con terrenos ocupados por Albano Guerrero y OESTE: En de veintiún metros. (21,00 mts), con terreno ocupado por Guillermo Gamarra, instaurada por el ciudadano JOGLY EDGAR ARIAS RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.167.418 de este domicilio, asistido por el abogado Francisco Zambrano Gómez, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro. 31.741, contra los sucesores conocidos y desconocidos de la Cujus ciudadana MARIA MONROY ARREGUI DE VAZQUEZ, titular de la cedula de identidad Nro. V-3.081.317; este Tribunal por auto dictado en esta misma fecha ordenó la citación edictal de conformidad con lo previsto en los artículos 231 y 692 del Código de Procedimiento Civil, para los SUCESORES CONOCIDOS Y DESCONOCIDOS de la Cujus ciudadana MARIA MONROY ARREGUI DE VAZQUEZ (difunta), igualmente se emplaza a cualquier persona que tenga o crea tener derechos sobre la posesión del inmueble antes descrito y en tal sentido deberán concurrir por ante este Tribunal a hacerse parte en el juicio, dentro de los QUINCE DIAS DE DESPACHO SIGUIENTES a la constancia en autos de la última publicación y consignación. Asimismo se advierte a las personas que concurran a hacerse parte en el juicio en virtud del referido edicto, tomarán la causa en que se encuentre conforme lo establece el articulo 694 eiusdem, el presente edicto será publicado en los Diarios El Informador y El Impulso, durante sesenta dias, dos veces por semana.

La Juez Previsorio

Abg. Milangela Mercedes Jimenez Escalona.

La Secretaria Temporal

Abg. Roxana Jose Ramirez Catari.

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