REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA.
Acarigua, 2 de febrero de 2.026.
216° y 166°
CARTEL DE CITACIÓN
SE HACE SABER:
A la sociedad mercantil ALIMENTOS CARMENCA C.A., inscrita ante el Registro Mercantil Segundo del Estado Portuguesa, Tomo 97-A, número 38 del año 2017, en la persona de su Presidente ciudadano YUSFRANINRAEL DE JESUS GUDIÑO ROMERO, titular de la cédula de identidad Nro. 16.55.347; a la ciudadana NAZARETH VIRGINIA FLORES BARAZARTE, titular de la cédula de identidad Nro. 16.416.992 y al ciudadano YUSFRANINRAEL DE JESUS GUDIÑO ROMERO, titular de la cédula de identidad Nro. 16.55.347, domiciliados en la avenida Los Pioneros, Edificio Toyomotors Venezuela, С.А., Piso P/B, Local Galpón 1 y 2, de la ciudad de Araure, Municipio Araure del Estado Portuguesa, que deberán comparecer ante este Tribunal, en el término de quince (15) días de despacho contados a partir del primer día de despacho siguiente de que conste en autos las resultas de la fijación y consignación de la publicación que del presente Cartel se haga, a darse por citados en la «Causa Nro. 2.025-126. Parte Demandante: JULIAN ENRIQUE NIETO ROJAS, en su carácter de vicepresidente de la Sociedad Mercantil GRANVEN C.A., asistido por la abogada CAROLINA COSTANTINE KASSAR. Parte Demandada: SOCIEDAD MERCANTIL ALIMENTOS CARMENCA C.A., y los ciudadanos YUSFRANINRAEL DE JESUS GUDIÑO Y NAZARETH VIRGINIA FLORES. Motivo: CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO.» La presente publicación debe hacerse en dos (2) diarios en intervalos de tres (3) días entre uno y otro, en cualquiera de los siguientes Diarios: «Última Hora, «La Prensa de Lara», El Nacional, Últimas Noticias, Vea, 2.001, El Universal, El Impulso, El Nuevo País, y El Informador», en dimensiones suficientemente legibles, de lo contrario se ordenará nueva publicación. Se les advierte que si no comparecen en el lapso antes señalado, se les nombrará Defensor Judicial con quien se entenderá su citación y demás trámites del juicio, todo conforme lo establece el artículo 223 del Código de Procedimiento Civil.
El Juez,
José Gregorio Carrero Urbano
La Secretaria,
Génesis Veliz Garcés.-
JGCU/GVG/06
Exp N° 2025-126

