REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, nueve (09) de diciembre de dos mil veinticinco 2025
215° y 166°
ASUNTO: KP02-V-2025-002139
SE HACE SABER:
A la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DEL EDIFICIO «RESIDENCIAS LAS MARÍAS», administrada por la Junta de Condominio del Edificio «Residencias Las Marías», representada por la ciudadana DILCIA PASTORA GRATEROL DE PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-4.381.640, que en el juicio por motivo de NULIDAD DE ASAMBLEA, intentado en su contra, por el ciudadano ORLANDO DE JESUS NOGUERA LINARES, venezolano, mayor de edad, viudo, jurídicamente hábil, de este domicilio, titular de la cedula de identidad N° V-2.597.398, en su carácter de propietario de un (01) apartamento que forma parte de la Comunidad de Propietarios del Edificio «Residencias Las Marías», que deberá comparecer por ante éste Tribunal dentro de los QUINCE (15) dias de despacho siguientes a la publicación, consignación y fijación del presente Cartel, el cual deberá ser publicado en los diarios El Informador y El Impulso de esta ciudad, a darse por citados, por si mismo o por medio de su representante legal o apoderado judicial. Se le advierte que en el caso de no comparecer en el lapso indicado, se les designará defensor «ad-litem», con quien se entenderá la citación y demás trámites del juicio.
La Juez Provisorio
Abg. Milangela Mercedes Jiménez Escalona
La Secretaria Temporal
Abg. Roxana Jose Ramirez Catari
NOTA: Se ordena publicar en tamaño y letras legibles.
MMJE/RJRC/red.-
