EDICTO SE HACE SABER: Que ante este Tribunal cursa solicitud de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentada por ZONIA DEL CARMEN PIRE VALERO, C.I. V-7.393.459. FECHA DE PUBLICACIÓN: 20/01/2026

EDICTO SE HACE SABER: Que ante este Tribunal cursa solicitud de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentada por ZONIA DEL CARMEN PIRE VALERO, C.I. V-7.393.459. FECHA DE PUBLICACIÓN: 20/01/2026

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL

TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS
MUNICIPIOS PALAVECINO Y SIMON PLANAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL
ESTADO LARA.-

Los Rastrojos, 5 de Diciembre de 2025.
Años: 215° y 166°

EDICTO
SE HACE SABER:

Que ante este Tribunal cursa solicitud de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentada por la ciudadana ZONIA DEL CARMEN PIRE VALERO, venezolana, soltera, titular de la cédula de. identidad N° V-7.393.459, actuando en su propio nombre y en representación de sus hermanos, ciudadanos EXDA COROMOTO PIRE VALERO, LUIS GERARDO PIRE VALERO y RUTH YAMILET PIRE VALERO, venezolanos, mayor de edad, titular de las cédulas de identidad Nros V-5.920.429, V-5.917.245 у V-7.446.743, respectivamente, debidamente asistidos por la Abogada en ejercicio Lisbeth Arango, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 298.246, en la cual manifiestan se les declare UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del de Cujus GERARDO DE JESÚS PIRE CRESPO, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-1.434.629, que falleció ab intestato, el día veintitrés (23) de Septiembre del año Dos mil veinticinco (2025). En consecuencia se publica el presente EDICTO a fin de que cualquier persona que tenga interés directo y manifiesto en el asunto concurra ante este Tribunal DENTRO DE DIEZ (10) DIAS DE DESPACHO SIGUIENTES a la constancia en autos de la publicación y consignación del mismo, a exponer lo que crea conveniente.-

El juez.,

Yonathan José Pérez Martínez.

El Secretario.,

José Alexander Marquina Mendoza.

YJPM/jm/ig*

Solicitud: N° 4947-25
Nota: El edicto deberá ser publicado en dimensiones que permitan su fácil lectura, y destacándose mediante el uso del tipo de letra de imprenta denominado “negrita” los nombres de las partes y el motivo de la solicitud.

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