SE HACE SABER: solicitud de ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO, presentada por: ARMANDO JOSÉ BUERGO MAZA, C.I. N°. V-5.245.938. Fecha de Publicación: 03/02/2026

 

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara Barquisimeto, dos de febrero de dos mil veintiséis

215° y 166°

ASUNTO: KP02-S-2026-000122

EDICTO

SE HACE SABER

Que ante este Tribunal, cursa el presente asunto relativo a la solicitud de ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO, presentada por el ciudadano: ARMANDO JOSÉ BUERGO MAZA, venezolano, mayor de edad, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad N°. V-5.245.938, actuando en nombre y representación de sus tres hijos, bajo la figura de representación sin poder, ciudadanos: ANTHONY LEOMAR BUERGO BARRERA, ARMANDO LUIS BUERGO BARRERA Y ARMARY ANDREINA BUERGO BARRERA, venezolanos, mayores de edad, de estado civil solteros, titulares de las cédulas de identidad N° V-16.641.074, V-16.641.069 y V-18.735.552, en su orden, debidamente asistido por la ABG. MARÍA ZENONA GAINZA VÁSQUEZ, inscrita en el I.P.S.A, bajo el N 298.630, mediante la cual solicita ser declarado junto con sus hijos como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la de cujus, MARÍA CANDELARIA BARRERA BLANCO, quien en vida fue venezolana, mayor de edad, de estado civil soltera, titular de la cédula de identidad N° V-6.021.638, quien falleció Ab-Intestato, en fecha 03/12/2025, según consta en copia certificada del acta de defunción asentada bajo el N° 278, del año 2025, expedida por el Registro Civil de la parroquia Santa Rosa, municipio Iribarren estado Lara y Certificado de Defunción N° 4956788. En consecuencia, se publica el presente EDICTO, a fin de que cualquier persona que tenga algún interés directo y manifiesto en el asunto, concurra ante éste Tribunal DENTRO DE LOS DIEZ (10) DÍAS DE DESPACHO SIGUIENTES a la constancia en autos de la publicación y consignación del mismo, a exponer lo que considere conveniente.

EL JUEZ SUPLENTE,
ABG. DANIEL ALEXANDER GONZÁLEZ LÓPEZ

LA SECRETARIA,
ABG. MARIA EUGENIA RINCONES YAJURE.

DAGL/MERY/EM.-

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