CONTRALORÍA DEL ESTADO LARA

SN CF

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA CONTRALORÍA DEL ESTADO LARA

DIRECCIÓN DE CONTROL DE LA ADMINISTRACIÓN DESCENTRALIZADA JEFATURA DE POTESTAD INVESTIGATIVA

SE HACE SABER:

A los ciudadanos, HÉCTOR JOSÉ BRAVO OSUNA Y MILEXY LISSETH PRINCIPAL CASTILLO titulares de las cédulas de identidad Nros V- 17.627.547 y V-16.323.966, respectivamente, se les notifica que por Auto de fecha 01-09-2025, dictado por la Jefatura de Potestad Investigativa de la Dirección de Control de la Administración Descentralizada, adscrita a la Contraloría del Estado Lara, se acordó practicar notificación mediante Cartel, de conformidad con el articulo 76 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos (LOPA), por cuanto ha resultado impracticable su notificación de manera personal, en consecuencia deberá comparecer por ante la referida Jefatura, a fin de darse por notificados del Auto de Proceder de la Potestad Investigativa de fecha 30-05-2025, conforme lo establece el artículo 77 y siguientes de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal (LOCGRSNCF), en concordancia con el artículo 53 de la Ley de la Contraloría del Estado Lara (LCEL) y siguientes, en el Expediente N° DCAD-PI-04-25, correspondiente a: «Auditoria de cumplimiento dirigida a evaluar la legalidad, sinceridad y exactitud de los ingresos aprobados para los ejercicios económicos financieros 2020 y 2021», efectuada en el Instituto del Ecosocialismo del estado Lara (INECOLARA), en virtud de los hechos detallados en el Auto de Proceder de la Potestad Investigativa. Se advierte, que se entenderå notificados quince (15) días hábiles siguientes a la publicación del presente Cartel, quedando a Derecho para todos los efectos de la investigación. Vencido el lapso señalado y dentro de los diez (10) días hábiles siguientes, podrá exponer sus argumentos y promover pruebas que estimen necesarias para su defensa, las cuales se evacuarán dentro de los quince (15) días hábiles siguientes, conforme a lo establecido en el artículo 76, en su último aparte del Reglamento de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal, en concordancia con los artículos 48 y 55 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos (LOPA), y lo previsto en el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Se informa que la sede de la Contraloría del Estado Lara, se encuentra ubicada en la urbanización El Parque, calle A-1, detrás del Centro Comercial Alfa, en horario comprendido de lunes a viernes de 08:00 am a 12:00 m y de 1:00 pm a 4:00 pm.

ABG. ANA LUISA GÓMEZ ZAMBRANO

Contralora del Estado Lara (P)

Designada mediante Resolución N° 01-000-000009, de fecha 26 de Enero de 2021, emanada de la Contraloría General de la República, Publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 42.078, de fecha 02 de marzo de 2021.

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