«Si Venezuela fuera agredida militarmente por Estados Unidos, sería activado de manera inmediata el decreto de ‘Estado de Conmoción Exterior'», así lo manifestó el pasado 29 de septiembre, el mandatario venezolano, Nicolás Maduro, tras el reciente despliegue militar estadounidense en el mar Caribe, el cual es considerado una «amenaza para la nación». Pero, ¿cuáles son los poderes especiales que tendrá el gobernante venezolano con la activación de la medida?.
Si bien, Maduro anunció el inicio de consulta nacional sobre el mencionado decreto, que a su juicio, busca «proteger al pueblo venezolano», el mismo solo ha sido firmado, y no se ofrecieron mayores detalles por parte del Ejecutivo respecto al proceso de consulta.
Es la primera vez que se invoca este decreto desde la aprobación de la Constitución vigente en 1999. Estados de excepción como Alarma o Emergencia Económica han sido decretados en anteriores ocasiones por los gobiernos chavistas, pero hasta el momento nunca se ha aplicado el estado de Conmoción Externa.
De acuerdo a la constitucionalista, Mariana Campos Villalba, en entrevista concedida a Venevisión, «Venezuela no es un país con experiencias recurrentes sobre este tema». No obstante, en la historia venezolana sí se llegó a una situación similar a un estado de conmoción.
«El ejemplo más cercano que podemos tener es el año 1942, en la época del presidente Isaías Medina Angarita, en el cual hubo una situación irregular con unos buques alemanes, y se tuvieron que tomar medidas extraordinarias de seguridad nacional para garantizar la vigencia de la Constitución», explicó.
¿En que consiste el decreto y cual es su justificación?
De acuerdo al artículo 338 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, se establece que: «Podrá decretarse el estado de conmoción interior o exterior en caso de conflicto interno o externo, que ponga seriamente en peligro la seguridad de la nación, de sus ciudadanos y ciudadanas, o de sus instituciones».
El artículo también prevé la suspensión de ciertas garantías constitucionales en un plazo no superior a 90 días, que puede ser prorrogado por otros 90 días, por autorización parlamentaria y da al Gobierno poderes extraordinarios para movilizar tropas, restringir derechos civiles y controlar medios de comunicación.
Delcy Rodríguez, vicepresidenta Ejecutiva de la República, precisó que el instrumento otorga facultades especiales al jefe de Estado para movilizar a la Fuerza Armada Nacional Bolivariana (FANB), tomar control de infraestructuras estratégicas como servicios públicos, industria petrolera y empresas básicas, y activar planes de seguridad ciudadana en todo el territorio.
Además, la ley indica que no se permitirá a nadie, dentro ofuera del país, hacer apología de una agresión militar contra el país.
La medida responde al despliegue de ocho buques de guerra y un submarino nuclear por parte de Estados Unidos, para combatir el narcotráfico en el Caribe, que según la casa blanca destruyó tres embarcaciones con resultado de 14 fallecidos. Sin embargo, el Gobierno venezolano denuncia un intento de injerencia extranjera.
