
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintiséis de septiembre de dos mil veinticinco
215º y 166º
ASUNTO: KP02-S-2025-004149
EDICTO
SE HACE SABER:
Que en la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO, intentada por el ciudadano JESÚS ROBERTO PUERTA FRANCO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad Nº V-9.556.229, de este domicilio, debidamente asistido por la abogada MARIAGNIS ESCALONA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 226.698, mediante la cual pretende la rectificación de su Acta de Nacimiento que se encuentra inserta bajo el Nº 1772 lievados por ante el Registro Civil del Municipio Iribarren del Estado Lara en los libros del año 1967; la misma presenta error en el segundo nombre de de su madre, en el cual aparece como «CARMEN LONY FRANCO» siendo lo correcto «CARMEN LORENZA FRANCO». Por ello, este Tribunal, a tenor de lo dispuesto en el articulo 770 del Código de Procedimiento Civil, ordenó emplazar mediante CARTEL a todas las personas que puedan ver afectados sus derechos por causa de la rectificación solicitada, para lo cual deberán comparecer por ante este Tribunal DENTRO DE LOS DIEZ DIAS DE DESPACHO DESPUES DE CONSTAR EN AUTOS LA PUBLICACIÓN DEL PRESENTE CARTEL, a manifestar lo que consideren pertinente en relación a la presente solicitud. Dicho edicto deberá ser publicado en uno de los diarios de mayor circulación, «La Prensa, El Informador o El Impulso».
La Jueza
Abg. Mariani Selena Linares Peraza.
La Secretaria,
Abg. María Isabel Godoy Viloria
MSLP/Migv/San